Magistrado llama traidor a Ministro Dayán por votar a favor de la reforma al Poder Judicial
El Magistrado en retiro Pablo Monroy Gómez llamó traidor al Ministro Alberto Gelacio Pérez Dayán, quien fue uno de los cuatro votos contra siete con los que el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación desechó el 5 de noviembre 2024 el proyecto de sentencia que presentó el Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos de oposición, en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación y que resolvería las acciones de inconstitucionalidad promovidas por el PAN, PRI y Movimiento Ciudadano.
Durante la conferencia magistral “La defensa de la Constitución”, que ofreció el Ministro en la Casa de la Cultura Jurídica en Mérida, Yucatán, el Magistrado en retiro tomó el micrófono entre el público, para reprocharle las consecuencias de la reforma judicial.
“Nunca sospechamos que tú no votarías a favor de ese proyecto porque, como juzgador, recordarás que no solamente se analizan temas jurídicos, sino también políticos, el momento que se está viviendo. Y también, como juzgador, sabrás, lo sabemos, que hay que pensar en las consecuencias que tiene nuestro voto o nuestra sentencias y ve las consecuencias que estamos sufriendo por ese voto que tú no diste a favor del proyecto. Ve las consecuencias: candidatos a jueces que son personas ligadas al narco y eso es una consecuencia de lo que tú no votaste”, dijo Monroy Gómez.
“Cuando nos designan jueces o magistrados, rendimos una protesta, decimos que protestamos honrar a la Constitución, protegerla; yo creo que esa protesta, y te lo digo de frente, Alberto, no la cumpliste, la traicionaste, yo aquí en este foro te he calificado de traidor y te lo digo de frente, no me gusta decirlo a las espaldas de nadie. Eso es todo, Alberto”, enfatizó.
Monroy Gómez también cuestionó a Pérez Dayán cómo podía lidiar su conciencia con el hecho de haber acabado con los proyectos de vida de muchos servidores públicos judiciales y con lo que ambos creían de jóvenes, porque ambos se conocían desde hacía 35 años, cuando ambos fueron secretarios en un tribunal colegiado, con la Magistrada María Simona Ramos Ruvalcaba.
“Yo lo que te pregunto, y con esto termino, es ¿cómo puedes vivir tú las consecuencias de ese voto que no diste reflejado en tantos perjuicios? ya no digamos a los funcionarios judiciales, ya no digamos al robo de los fideicomisos, uno de ellos, Alberto, uno de ellos ahorros nuestros, tuyos, míos ¿te acuerdas cuando éramos secretarios con Simona, que conformamos ese ahorro? Y después la Corte dijo ‘oigan, están ahorrando, yo les doy un tanto más porque como no sube el sueldo, es una prestación”, expresó.
“Eso es un robo, es una expropiación, pero bueno, tantos compañeros, tantas compañeras, con sus proyectos de vida frustrados, Alberto. No me lo puedo imaginar cómo tú, siendo una persona que yo conocía, una persona de bien, puede vivir con eso en la conciencia, no lo sé”, insistió Monroy Gómez, quien coincidió con Pérez Dayán en un tribunal colegiado como secretarios, además de que ambos trabajaron en la SCJN, y más tarde llegaron a ser jueces de distrito y magistrados.
En el 2012, ambos estuvieron en la terna que rechazó el Senado para sustituir al ministro Salvador Aguirre Anguiano. No obstante, Pérez Dayán llegaría a ministro en una segunda terna propuesta ese mismo año, para ocupar el cargo del ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia.
En noviembre de 2024, durante el debate del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, el Ministro Pérez Dayán anunció que votaría en contra del proyecto de sentencia que presentó el Ministro González Alcántara Carrancá, respecto a las acciones de inconstitucionalidad promovidas por partidos políticos de oposición, en contra de la reforma al Poder Judicial de la Federación y que resolvería las acciones de inconstitucionalidad promovidas por los partidos PAN, PRI y MC.
Al dar su postura, Pérez Dayán afirmó que invalidar la reforma al PJF sería una insensatez para responder a otra insensatez. Norma Lucía Piña Hernández, Presidenta de la Corte intentó aclarar su posible voto, pero el Ministro le volvió a responder que no irá con el proyecto de González Alcántara Carrancá.
“Por tales razones, no coincido con la propuesta sobre una nueva reflexión. Convencido que esta acción de constitucionalidad a partir de sus precedentes debe considerarse improcedente y sobreseer en la misma sé de las consecuencias de la reforma judicial e incluso lo siento personalmente, a mí también me toca, sin embargo, sostengo que existen otras vías que protegen esos anhelos y que tienen como eje principal no el combate de normas electorales, sino el reconocimiento y protección de los derechos humanos”, aseguró Pérez Dayán.
“Lamento profundamente que aquellas instancias del orden electoral, tanto en el ámbito administrativo, y después, en el jurisdiccional, renunciando al ejercicio responsable de sus competencias, esas ciertas y no cuestionadas, hay en privilegiando, interpretaciones sesgadas que favorecieron intereses estrictamente personales”, insistió Pérez Dayán.
“Concluyo, aceptando con el proyecto que los actores tienen legitimación para promover una acción de inconstitucionalidad la aquí analizada es en mi concepto total y absolutamente improcedente y ello conduce a sobreseer en ella conforme a los precedentes a los que me he referido”, enfatizó.
“Por más que me trate de convencer a mí mismo de lo contrario, resolver en el sentido que propone la propuesta sería, lo digo, con todo respeto y exclusivamente en el fuero de mi propia persona, responder a una insensatez, llevada irresponsablemente al texto supremo, con otra insensatez equivalente, al forzar el ejercicio de una facultad que no me fue conferida en el conocimiento de una acción de inconstitucionalidad”, finalizó Pérez Dayán.
El Ministro leyó los anteriores criterios emitidos por la SCJN, con los que argumentó su no coincidencia con el criterio de González Alcántara Carrancá, pero destacó que, en determinados casos y a través de otros medios de defensa, el máximo tribunal constitucional sí tenía competencia para revisarlos.