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Política

‘Ley Alito’ aprobada en Campeche, ¿tiene dedicatoria?

La reforma, impulsada por la gobernadora Layda Sansores, fue aprobada en un lapso en el que el presidente del PRI, Alejandro Moreno, ha afirmado en el Congreso de la Unión que el gobierno federal e integrantes de Morena tienen vínculos con grupos criminales
05/09/2025 07:45

El Congreso de Campeche aprobó una reforma, impulsada por la gobernadora Layda Sansores, que permitirá al gobierno estatal expropiar u ocupar predios que considere de “utilidad pública”.

La reforma fue aprobada en sólo cinco días, en un lapso en que el presidente del Partido Revolucionario Institucional (PRI) y exgobernador de Campeche, Alejandro Moreno Cárdenas, ha agudizado sus acusaciones en el Congreso de la Unión contra el gobierno federal y los integrantes del partido Morena. Los acusa de tener vínculos con grupos criminales.

La nueva norma, bautizada como “Ley Alito” por el diputado local de Morena, Carlos Ucán, ha sido interpretada como una reforma con dedicatoria al exgobernante de Campeche para expropiarle propiedades presuntamente adquiridas de forma ilícita. Sin embargo, legisladores de oposición también criticaron que vulnera los derechos de los habitantes de Campeche por el poco marco que les brinda para una defensa jurídica.

En entrevista, el diputado morenista Carlos Ucán rechazó que sea una ley que busque venganza y que esté enfocada contra el dirigente del PRI; sin embargo, reconoce que, si fuese necesario, podría aplicarse en su contra.

“No hay línea de parte del gobierno de decir ‘vámonos en contra de Alito’, por supuesto que no; pero si ese fuera el caso hipotético, por decir algo, que el pobrecito Alito sale muy lastimado en esto y los defensores de él andan ahí queriendo tapar el sol con un dedo, si ese fuera el caso —las 300 hectáreas que compró a 30 centavos el metro cuadrado o su mansión de 300 millones de pesos que no coincide con los ingresos en su vida—, [si] fuera necesario expropiar para un bien común, para construir un hospital, para hacer un polo de desarrollo donde tiene terrenos de dudosa procedencia, el gobierno podría expropiarlos pagándolos al precio comercial”.

Layda y “Alito”

Luego de dejar el gobierno de Campeche en 2019, Alejandro Moreno reportó en su declaración patrimonial —publicada en 2021 cuando llegó a la Cámara de Diputados— 13 propiedades inmobiliarias. Incluyó una casa con una superficie de mil 819 metros cuadrados, adquirida de contado durante su gestión en su estado natal, con un valor de 7.2 millones de pesos. El hoy senador también reportó otra casa y 11 terrenos.

Desde 2022, Layda Sansores, actual gobernadora, anunció denuncias penales ante la Fiscalía General de la República contra Moreno Cárdenas por enriquecimiento ilícito y otros posibles delitos.

Ante la Cámara de Diputados, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción del Estado de Campeche ha solicitado el desafuero del líder priista por el presunto desvío de 83.5 millones de pesos.

Este jueves, ante la reforma sobre expropiación, en una entrevista radiofónica, Alejandro Moreno Cárdenas insistió en que su patrimonio es lícito y acusó que se trata de persecución en su contra y una amenaza a la propiedad privada de la ciudadanía. Advirtió que él dará información sobre las propiedades de la gobernadora Layda Sansores.

¿Qué dice la nueva ley?

La reforma estatal fija las reglas de cómo el gobierno puede hacerse de propiedades privadas para construir obras a través de la figura de “utilidad pública”. De acuerdo con el documento, el objeto es establecer las causas, procedimientos, modalidades y ejecución de expropiaciones.

Además de las expropiaciones, la ley contempla otras figuras como ocupaciones temporales, servidumbres administrativas y limitaciones de dominio de bienes particulares, que también requerirán la declaración de “utilidad pública”.

El gobierno estatal determinará la causa de utilidad pública “con base en los dictámenes técnicos correspondientes”.

El gobierno de Campeche deberá publicar la determinación de declarar una propiedad “de utilidad pública” en el Periódico Oficial del Estado y deberá avisar a las personas afectadas de manera personal, quienes tendrán cinco días hábiles para manifestarse ante la Secretaría de Gobierno.

Se realizará una audiencia y los ciudadanos tendrán tres días para presentar alegatos. Después, en un plazo de 10 días, la autoridad deberá confirmar, modificar o revocar la declaratoria de utilidad pública. A partir de esa fecha, tiene 30 días para expedir el decreto de expropiación.

“¿En cinco días qué derecho va a tener un ciudadano y más si no te das por enterado y te publican en el periódico oficial. Es un atropello a los derechos humanos y el patrimonio de la gente”, reclama el diputado estatal Pedro Armentía López, de Movimiento Ciudadano.

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Previo a la aprobación de la reforma, diputados de oposición lograron que se precisara que la determinación de declarar un bien “de utilidad pública” se puede impugnar mediante un juicio de amparo.

Otra de las alertas de la oposición, sin embargo, es que decretada la expropiación y notificada la persona afectada, las autoridades pueden realizar “la ocupación inmediata del bien expropiado y a la ejecución de las obras proyectadas”.

Cambios en los pagos por expropiación

Uno de los principales cambios respecto a la versión de 1981 es cómo se determinará el valor de la propiedad que el gobierno pueda expropiar.

En el artículo 44 se señala que la indemnización ya no se va a basar en el valor fiscal o catastral como venía sucediendo, sino que será utilizado el valor comercial de la última compraventa registrada de esa propiedad, ajustada a la inflación, y que la indemnización nunca puede ser menor al valor del catastro. Será la Secretaría de Administración y Finanzas la que determine el valor bajo esos criterios, con peritos y valuadores públicos o privados.

Representantes de la oposición advierten que hay un vacío que pone en riesgo las propiedades heredadas o de ejidatarios, que no necesariamente cuentan con un valor de última transacción.

“¿Qué va a pasar con las tierras ejidales cuando pasaron de parcelarias a dominio pleno, ahí no hubo transacción, no hay un valor. ¿O qué va a pasar con las herencias?, tampoco hay una transacción, entonces queda en estado de indefensión toda esta gente”, advierte en entrevista el diputado de Movimiento Ciudadano Pedro Armentía, vicepresidente del Congreso.

“Vemos un atropello”

Tanto el representante de Morena, Carlos Ucán, como el legislador de Movimiento Ciudadano, Pedro Armentía, rechazan que se trate de una reforma dirigida al presidente del PRI y exgobernador de Campeche.

El diputado Armentía López destaca que sus críticas contra esta reforma son por las afectaciones que pudiera tener en la ciudadanía en general.

“Lo que vemos en esta iniciativa es un atropello, no fue una armonización, no fue una actualización. Es una adecuación del andamiaje jurídico y el articulado para que puedan hacer a su uso y goce declaratorias de utilidad pública cualquier bien y al final expropiárselo a la gente”, señala el diputado.

El Congreso fue notificado de la iniciativa el 28 de julio pasado, al día siguiente le dieron lectura. El domingo 31 se envió el dictamen, el lunes 1 de septiembre se dictaminó y el martes fue aprobada.

“¿Por qué cuando no hay una premura, una prisa, se mete esta iniciativa y más cuando los ciudadanos en nuestro estado están enfocados ahorita —sonará irrisorio pero es una realidad— enfocados en la final del beisbol que tenemos después de 21 años?”, cuestiona Armentía.

¿A quién va dirigida?

Tanto el diputado de Morena Carlos Ucán como el del opositor Movimiento Ciudadano señalan que la ley no tiene específicamente a Alejandro Moreno en la mira.

El vicepresidente del Congreso advierte que la ley será utilizada para obras complementarias en el territorio de Campeche, ante la oposición de pobladores, como en el caso de ejidatarios la comunidad Hecelchakán que han rechazado las propuestas de pago que les ha realizado la empresa Engie Mayakán por el derecho de vía para la construcción de un gasoducto.

“Nos comentan que es un tema de esta obra importante del gasoducto, que no han podido tener los derechos de vía y no han podido tener los terrenos a su disposición, y por otro se aprobó en Ceiba Playa, en el Polo de Desarrollo de la presidenta, donde los terrenos que están al lado del puerto los tienen particulares. Tengo entendido que así fueron adquiridos cuando aquí se iba a decretar las zonas económicas especiales en el sexenio de (Enrique) Peña Nieto. Yo creo que lo que van a hacer con estos propietarios que tienen terrenos alrededor del puerto es expropiárselos para su propio proyecto nacional”, señala el legislador.

¿Qué dice el abogado del gobierno de Campeche?

El consejero jurídico del gobierno de Campeche, Juan Pedro Alcudia Vázquez, grabó un video para explicar su reforma. Argumenta que la ley no había sido modificada en cuatro décadas.

Defiende que, antes de los cambios, la ley no prevé derecho de audiencia para el ciudadano, por lo que se podría realizar la expropiación sin avisarle que había una causa de utilidad pública ni darle su derecho de audiencia. Enfatiza que esas causas de utilidad pública no se ampliaron.

Lo que los críticos a la reforma califican como una debilidad, Alcudia Vázquez lo señala como un cambio positivo y una “indemnización justa”.

Como está, la ley prevé que se pague a la persona el valor catastral, el funcionario argumenta que éste es inferior al comercial de cada inmueble.

“La ley actual ni siquiera preveía la necesidad de avalúos, ahora se requiere contar con avalúos que bien lo puede hacer el sector público como también en la legislación federal, o también esta reforma abre el abanico para que lo realicen en corredores públicos, peritos, valuadores, privados o inclusive instituciones de crédito”.

El gobierno de Campeche defiende que las propiedades de la ciudadanía no están en riesgo. “Tu propiedad no está en riesgo, no tengas miedo previo a una expropiación, está previsto en la ley, se requiere análisis técnico, dictamen técnicos y planos que determinen que hay la viabilidad de un proyecto, como una escuela o un hospital, que hay un predio de esas dimensiones que permite edificarlo ahí, y los planos de dicho territorio”.