|
Derechos Humanos

Corte Interamericana eleva estándar del derecho al cuidado; países de América deben elaborar políticas específicas

Históricamente, el 76% de las labores de cuidado en el mundo han sido ejercidas por mujeres y la opinión de la CIDH, busca que haya una responsabilidad de los Estados de explicarle a la sociedad que el cuidado es responsabilidad de todos
09/08/2025 07:34

Los países de América deberán responder con políticas públicas específicas a la categoría que la Corte Interamericana de Derechos Humanos elevó, mediante su opinión consultiva 31/2025, el derecho al cuidado, que lo coloca como un derecho humano autónomo.

Esto implica que a partir de ese reconocimiento, se desprenden una serie de obligaciones para todos los Estados que han reconocido la competencia de la Corte, con la finalidad de que reflejen e incorporen en medidas legislativas, de política pública, administrativas y otras lo que la Corte define como el derecho al cuidado.

De acuerdo con el organismo internacional, este es el derecho que tienen todas las personas a cuidar, recibir cuidados y ejercer el autocuidado. Pero además con una dimensión colectiva, al apuntar que este derecho no solo tiene que ver con medidas individuales, sino que debe corresponder a toda una sociedad, al Estado, a las empresas, a la comunidad y a la familia, quienes tienen la responsabilidad de buscar las mejores formas de implementarlo.

$!Corte Interamericana eleva estándar del derecho al cuidado; países de América deben elaborar políticas específicas

Así lo resume en entrevista Catalina Martínez, del Centro de Derechos Reproductivos, quien hace énfasis en que algunas de las medidas que describe la Corte en su opinión consultiva deben conducir a políticas públicas, reformas legales, educativas y laborales que promuevan la distribución equitativa del cuidado.

“Eso incluye que se pueda hacer una sensibilización para ir eliminando los estereotipos que existen alrededor del cuidado. Recordemos que el cuidado durante todos estos años ha sido mayoritariamente ejercido por las mujeres; si nos vamos a cifras, el 76% de las labores de cuidado en el mundo han sido ejercidas por mujeres”, apunta la especialista.

Tras la opinión consultiva 31, debe existir una responsabilidad de los Estados de explicarle a la sociedad que el cuidado es responsabilidad de todos, y que los hombres también pueden ejercerlo. Además, otro tipo de reconocimiento que indica la Corte es el valor económico del cuidado.

Cálculos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) indican que el valor económico del trabajo no remunerado en labores domésticas y de cuidados en México reportó un monto de 8.4 billones de pesos en 2023, lo que equivale al 26.3% del Producto Interno Bruto nacional.

Estos datos requieren preguntarse qué significa que las personas ejerzan esas labores sin ningún tipo de remuneración, qué implica para sus proyectos de vida, qué están dejando de hacer, y cómo la sociedad y el Estado pueden llenar ese vacío económico y de formación de un proyecto de vida.

Animal Político publicó en el primer semestre de este año Cuidadoras sin oportunidades, una serie de reportajes que evidencian cómo sin un sistema nacional de cuidados, la igualdad de género nunca será una realidad: en México, 19.6 millones de mujeres no tienen un empleo formal por cuidar, y 80% de las personas jóvenes que no estudian ni están en el mercado laboral son mujeres; la mayoría de ellas por dedicarse al cuidado.

De acuerdo con datos recabados para esa investigación, un factor fundamental que no ha permitido que la brecha salarial entre hombres y mujeres se cierre al ritmo esperado en la última década es el papel de ellas como cuidadoras, pues 9 de cada 10 personas que dejan el mercado laboral por razones de cuidado son mujeres, según la Encuesta Nacional para el Sistema de Cuidados (ENASIC).

Además, de acuerdo con análisis del Instituto Mexicano de la Competitividad (IMCO), en México 7 de cada 10 mujeres que participan en el mercado laboral son madres, y su nivel de ingresos se ve afectado a mayor número de hijos. Esa desigualdad comienza a notarse desde que tienen dos hijos, pero se acentúa con tres, crece aún más con cuatro y finalmente, el ingreso promedio mensual de una mujer sin hijos es prácticamente el doble que el de una mujer que tiene 5 o más.

“Otro tipo de ejemplo que da la Corte que a mí me parece muy valioso es el de las licencias de paternidad obligatorias, porque cuando se le dan estas licencias de maternidad larga solo a las mujeres, nuevamente estamos pasando ese mensaje a la sociedad de que son ellas quienes tienen que ejercer ese rol de cuidado con sus bebés, cuando también le corresponde a los hombres, y deberían tener el tiempo necesario para quedarse en sus casas, cuidándolos, generando el vínculo necesario entre padre e hijo”, añade Martínez.

Políticas específicas, flexibilidad y licencias para personas cuidadoras

Tras la opinión consultiva, es indispensable que los Estados aterricen en políticas específicas lo que significa el derecho al cuidado, como flexibilidad para las personas que cuidan, licencias para quienes lo hacen con enfermos, personas adultas y adultas mayores. Por otro lado, la Corte también indica que es necesario crear medidas comunitarias de apoyo, como redes en las que se hable del cuidado y donde puedan asignarse algunas funciones para este.

Como ejemplo, relata que en Bogotá, Colombia, se ha implementado una política llamada “manzanas del cuidado”, que son una especie de instituciones estatales que brindan algunos servicios de cuidado para que las personas que llevan a cabo esas labores también puedan tener tiempo para el autocuidado. Es decir, reconocer que el descanso es igualmente necesario, y puede resolverse con ese tipo de redes comunitarias.

“Socialmente es muy importante empezar a darle este lugar al cuidado, porque el cuidado ha existido siempre y hace parte fundamental de quiénes somos como seres humanos y de nuestro bienestar. No solamente cuidar y ser cuidado, sino también el autocuidado mismo, cómo nosotros como seres humanos necesitamos tener el espacio, el tiempo y las condiciones para autocuidarnos”, sostiene Martínez.

La opinión consultiva de la CorteIDH incluso se relaciona con el derecho a la salud, y específicamente la sexual y reproductiva –precisa–, pues tener acceso a información y a servicios integrales basados en el bienestar de las personas en términos de salud sexual y reproductiva es parte del derecho al autocuidado de todas las personas. En ese aspecto, se amplía la dimensión de la salud hacia el cuidado y el bienestar.

“Socialmente empezarnos a pensar en estados de bienestar para el ser humano nos empieza a volver también sociedades mucho más conscientes de la humanidad, de lo que significa vivir una vida digna, una vida en condiciones de bienestar, eso es muy importante. Lo segundo, yo diría, es que, además, esa visión de bienestar tiene que estar permeada de un enfoque interseccional”, apunta.

Con ello se refiere a considerar que no es lo mismo el cuidado de una persona con discapacidad, ni cómo se ejerce, por ejemplo, en una comunidad indígena y el tipo de cargas que genera en este contexto frente a las que se dan en las grandes ciudades de Latinoamérica. Persiste ahí el reto de entender qué significa el cuidado para diferentes grupos poblacionales y cómo se puede responder de manera más equitativa y real sus condiciones.

Un caso de ese tipo que el Centro de Derechos Reproductivos llevó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos es el de Eulogía Guzmán y su hijo Sergio vs. el Estado peruano, una mujer indígena que vivió violencia obstétrica al momento del parto, lo que resultó en que su hijo se golpeara contra el piso y desarrollara múltiples discapacidades. Sobre ella recayeron todas las labores de cuidado porque no existía ninguna alternativa estatal o comunitaria para apoyarla, por lo que las cargas se volvieron incluso mayores que para otras mujeres.

Ese es uno de los ejemplos que ilustran los grandes desafíos que permanecen en torno al entendimiento de la dimensión del cuidado para que los Estados puedan responder a la opinión consultiva de la mejor forma posible, concluye Martínez.