A 236 años de la declaración de los derechos contra la tiranía
En unos días más, celebraremos la proclama francesa -que con los años se volvería universal- de los derechos del hombre contra el poder absoluto. El movimiento revolucionario francés que derrocó la monarquía y estableció una nueva relación entre gobernantes y gobernados. El próximo 26 de agosto, recordaremos los 236 años de la declaración universal de los derechos ciudadanos contra el poder déspota, tirano y unipersonal.
El tiempo de Luis XVI estaba por concluir, su reinado era severamente cuestionado por una serie de decisiones políticas que habían afectado el ingreso de las familias más desfavorecidas de Francia. Eran años de crisis económica, que se resintieron más por el aumento a los impuestos para financiar la quebrada administración pública francesa.
En el contexto internacional Francia apoyaba la independencia de las 13 colonias inglesas en América. La rivalidad entre Inglaterra y Francia estaba en uno de sus puntos más álgidos, cualquier descalabro para la Corona inglesa, sería de gran ayuda para las aspiraciones francesas.
Pero estas decisiones, pensadas más en la guerra y la expansión, complicaban la vida en el territorio francés. Comenzaban en las calles movimientos subversivos de múltiples ideologías. En 1789 el clero y la alta burguesía francesa, ante las afectaciones de la crisis económica y como respuesta a las déspotas ideas del Rey, formaron la Asamblea Nacional Constituyente, donde se comenzó la preparación de los derechos del hombre y del ciudadano, como medida para evitar los abusos del poder y las arbitrariedades de la monarquía tiránica.
Después de semanas de revueltas en París, el grupo de rebeldes toma la Bastilla, una antigua prisión en donde se tenían presos a muchos ideólogos del movimiento revolucionario. Es el comienzo del derrumbe absolutista y el comienzo de una serie de victorias para los revolucionarios que terminará con el derrocamiento del Rey y su posterior decapitación.
En ese marco, se redactan los Derechos del hombre y del ciudadano, para evitar los atropellos del poder contra los individuos. En agosto de 1789 la Asamblea Nacional Constituyente aprueba la declaración de los Derechos del Hombre y los Ciudadanos, en donde se reconocen los derechos naturales de la humanidad.
Para algunos autores, esta declaración tiene mutua influencia en la declaración norteamericana, pero es conocida por ser la primera en el mundo en reconocer derechos universales en un documento oficial, desde una perspectiva “iusnaturalista”, es decir, que reconoce el derecho a todos a partir del nacimiento, muy ligado al pensamiento social que abarcó Europa en la ilustración.
En su parte formal, la declaración reconoce los derechos de los hombres y mujeres, así como los de los ciudadanos. Son 17 artículos que, de manera general, ponen las bases de las garantías individuales que muchas constituciones nacionales -incluyendo la de México- adoptarán en las décadas posteriores.
Del artículo 1 al 5, habla en general de la libertad de los hombres que nacen y permanecen libres. La libertad, la seguridad, la propiedad y la resistencia a la opresión son derechos y fines legítimos para asociarse. La soberanía radica en el pueblo. La libertad consiste en hacer todo aquello que no perjudique a otro.
Del artículo 6 al 10, habla de la Ley como parte de la voluntad general y de obediencia común y obligatoria. El principio de la presunción de inocencia, la prueba sobre la acusación y que las sentencias deben estar ajustadas aun orden establecido en una ley. La libertad de las opiniones de todo orden, incluidas las políticas y religiosas, siempre que no se perturben los derechos de otros o la paz pública.
Del 11 al 17, se expresa la libre comunicación de los pensamientos, para hablarlos, escribirlos y externarlos. La fuerza pública debe buscar que estos derechos sean garantizados para todos. La contribución al orden y a las instituciones que la procuran deben ser apoyados por todos y todos debemos contribuir económicamente a su mantenimiento. Se tiene derecho a conocer el fin de estas contribuciones y saber que se hace con lo aportado, de la misma forma que se tiene derecho a exigir cuentas de la gestión ante lo público.
En su conjunto, este es el origen de los derechos universales, o los primeros derechos del hombre frente al poder. Su importancia es tal, que, a partir de entonces, nacen conceptos como “la universalidad de los derechos”, o los “derechos inalienables del hombre”, más adelante los derechos humanos y ahora derechos incluso de quinta generación. De eso hablaremos después... Luego le seguimos.